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Comodoro Rivadavia

HAY VIGENTE EN CHUBUT UNA LEY INCONSTITUCIONAL

Reportaje al fiscal general de la provincia de Chubut, Dr Juan Carlos Caperochipi.

«Las leyes pueden contribuir a traer soluciones o pueden contribuir a acrecentar los problemas.»

El pasado 20 de marzo desde el IG de @directo.alhueso  se realizó un vivo con el fiscal Dr. Juan Carlos Caperochipi de *Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut e integrante de la Red de Políticas Públicas, Viviana Binder, en la misma se expusieron los siguientes temas:

✅ Repaso causas Fiscalía de Comodoro Rivadavia de febrero 2023 a la fecha

✅ Protocolo de actuación

✅ Ley 14.346

✅ Posibles modificaciones #LeyConan

✅ Ley provincial 683 (Chubut)

✅ Proyecto de ley 020/2025 Diputada Andrea Toro (Chubut, febrero 2025)

✅ Ley provincial 655 (Chubut)

✅ Fiscalía especializada

✅ Causas de Rada Tilly fauna silvestre (tropilla caballos salvajes) y fauna exótica (serpiente pitón) 

Hay una proliferación de leyes, una superposición. Hay leyes mal redactadas que pueden confundir el abordaje de la situación. 
No faltan leyes, sobran. Sobran iniciativas legislativas que no ayudan para nada en la solución de la problemática.

Tenemos una ley de alto vuelo, de alto raigambre, la ley máxima, la Constitución Nacional que en su artículo 41, habla del derecho a tener un medio ambiente equilibrado.

La constitución de la provincia de Chubut tiene en el art 104 leyes que contemplan la problemática ambiental y unida a ella la de los animales. 

Tenemos leyes provinciales como el código contravencional de la provincia de Chubut, que regula las faltas que constituyen contravenciones.

Tenemos la ley provincial de protección integral, que se pretende modificar en este momento, el código ambiental de la provincia de Chubut, las normas que ha decretado el mismo poder judicial, la fiscalía misma a través de la procuración dictó leyes en diciembre pasado, que tienen que ver con el abordaje de los delitos de maltrato y crueldad animal, tenemos leyes especiales tanto a nivel nacional como local, como la prohibición de carreras de galgos o las leyes de hidrocarburos referidas al medio ambiente y además le debemos sumar las ordenanzas municipales.

Cuando se dice, en materia animal o en materia ambiental, que las leyes son pocas, nos estamos mintiendo.

Son las suficientes y como máximo habrá que hacer algunas modificaciones para comenzar a tener leyes más efectivas, más actualizadas que contemplen más aspectos de la realidad.

La ley 14.346 es de 1954, de avanzada en ese momento, logró instituir delitos de maltrato y crueldad contra animales, es una ley de vanguardia para los tiempos que transcurrían. En la actualidad se pretende modificar, la llamada ley Conan es un proyecto que podría servir para mejorar la calidad de ley aunque tiene algunos defectos, como no diferenciar las penas entre maltrato y crueldad. 

A nivel provincial hay un proyecto de modificación de la ley 683, una ley relativamente nueva (del 2020), de protección de los animales domésticos o domesticados. El proyecto busca derogarla y pretende una ley superadora de la 683. 

El fiscal observa con preocupación que este proyecto de ley es innecesario porque prácticamente es un calco de la ley que pretende modificar, modifica las penas de la anterior pero el defecto principal y que copian de la ley original es que empiezan definiendo cuáles son los casos de maltrato y cuáles los de crueldad animal.

En principio un proyecto de esa naturaleza está violando la Constitución Nacional, las leyes provinciales no pueden abordar temas que ya están en una ley de mayor raigambre que es la 14.346. Los legisladores provinciales no tienen facultad para legislar sobre cuestiones de fondo, cosas que ya están legisladas.

La 14.346, dice que maltrato y crueldad constituyen delitos y a esos delitos le corresponden penas que en el derecho argentino están estipuladas, como la prisión, la inhabilitación y la multa. No pueden bajarles el precio a los actos de crueldad animal diciendo que quien comete ese delito va a pagar su pena en especies (alimento), son acciones que ya están contempladas como delito y en la provincia de Chubut pretenden ser reparadas con 3 bolsas de alimento.

Los legisladores tienen buena voluntad. Una ley no es algo menor, pero lo animal se sigue considerando un tema menor, parece fácil legislar sobre cuestiones animales, pero eso no está bien, porque trae consecuencias. El proyecto actual y la ley vigente no solo son innecesarios e inoportunos sino lo más grave es que son ANTICONSTITUCIONALES. 

La ley actual 683 y la pretendida modificación son ANTICONSTITUCIONALES, porque regula supuestos actos de maltrato o crueldad que son delitos e impone sanciones de tipo administrativa o pecuniaria como pagar con bolsas de alimento.

Es decir, está vigente una ley provincial que es INCONSTITUCIONAL y la modificación va en el mismo sentido.

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