Será el viernes al mediodía y participan entidades rescatistas de animales y padres TEA. Desde el Ejecutivo se inclinan por promulgar la modificación a la norma de pirotecnia cero, que posibilita la venta de elementos lumínicos de bajo impacto sonoro. Piden el acompañamiento de los ciudadanos.
Según se anticipó desde la organización que reúne a familias con chicos afectados por Trastornos del Espectro Autista, el próximo viernes participarán de una movilización al mediodía, previa concentración en la plaza Kompuchewe, para ir hacia el municipio y pedir al intendente que vete la norma aprobada por el Concejo
En la sesión del jueves 21 de noviembre se modificó la ordenanza 12.625/17, que prohíbe la venta de pirotecnia en el ejido urbano, pero que ahora exceptúa a los elementos lumínicos y con bajo impacto sonoro.
“Nunca se cumplió totalmente la ordenanza, porque en los partidos de fútbol se usa pirotecnia.«
Participarán de la marcha convocada familias y padres, rescatistas y motoqueros, para entregar una nota al intendente y pedirle el veto de la norma:
“Toda la pirotecnia tiene pólvora y hace un ruido”, además de que “hay chicos a los que también les molestan las luces. Puntualmente, lo que afecta es la sorpresa que da la explosión masiva, porque si todos los vecinos tiran al mismo tiempo, el conjunto es lo que más afecta a las personas que sufren con esto, lo mismo que a los animales”.
EL EJECUTIVO NO ANALIZA EL VETO POR AHORA
Fuentes del Ejecutivo municipal anticiparon que por ahora no está en estudio el veto de la ordenanza, ya que, a entender de ese ámbito, los cambios introducidos no generarían impacto negativo en las personas y animales, según las conclusiones arribadas en los informes previos.
De todos modos, se admitió que se debe trabajar en el control para evitar que prolifera la venta clandestina de pirotecnia sonora.
Lo que el Concejo Deliberante aprobó por mayoría es una modificación a la ordenanza 12.625/17, que en su artículo primero mantiene la prohibición en todo el ejido urbano de Comodoro Rivadavia, de «la utilización, fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista o minorista para uso particular de productos de pirotecnia y cohetería de estruendo», pero agrega la «excepción de aquellos que sean de carácter lumínico que no superen los 87 decibeles a 20 metros de distancia».